El Congreso de los Diputados aprobó hoy de forma definitiva una modificación del artículo 77 de la actual Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios para que el personal de Enfermería y los podólogos puedan prescribir medicamentos, una condición antes exclusiva de médicos y odontólogos.
El texto final ha sido apoyado por unanimidad de todos los grupos parlamentarios pese a que durante la tramitación en ambas Cámaras haya habido disparidad al intentar incluir sin éxito a los fisioterapeutas. Ahora sólo falta que se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para que las nuevas competencias entren en vigor.
De este modo, los podólogos tendrán competencias exclusivas para recetar medicamentos sujetos a prescripción médica mientras que, en el caso de los enfermeros, podrán "indicar, usar y autorizar" la dispensación de todos aquellos medicamentos de venta sin receta, los llamados OTC --tales como el ibuprofeno, el paracetamol o el ácido acetilsalicílico--, como los productos sanitarios (gasas, vendas, apósitos, etcétera) que estos profesionales utilizan en su práctica diaria.
Para su dispensación hospitalaria o acogerse a la financiación por parte del Sistema Nacional de Salud (SNS), las comunidades autónomas --a excepción de Andalucía, que ya autorizó este año la prescripción enfermera-- deberán elaborar una orden de dispensación que lo haga efectivo, algo que podría estar listo en los próximos meses.
Por otro lado, en cuanto a los medicamentos que necesitan receta médica para poder ser utilizados, la nueva ley fija que el Ministerio de Sanidad y Política Social tendrá como máximo un año para fijar con las organizaciones colegiales de médicos y enfermeros qué medicamentos y en qué condiciones podrán ser dispensados por el personal de Enfermería.
Para ello, deberá quedar registrado en una serie de protocolos y guías de práctica clínica y asistencial de elaboración conjunta, y se tendrán en cuenta tanto la experiencia y especialidad de cada profesional como la situación de cada paciente.
Según destacó la diputada socialista Pilar Grande, esta modificación de la Ley del Medicamento da "amparo jurídico a una realidad que se daba día a día en los servicios de salud españoles", además de suponer una mejor calidad en la atención que presten estos profesionales.
LOS FISIOTERAPEUTAS SE QUEDAN FUERA
Durante su tramitación parlamentaria, la mayor parte del debate se centró en la inclusión de los fisioterapeutas en el artículo 77 de la Ley del Medicamento y, de hecho, la Comisión de Sanidad del Senado llegó a aprobar una enmienda del Grupo Mixto que les autorizaba, en el marco de sus competencias, a prescribir fármacos sin receta y productos sanitarios relacionados con el ejercicio de su profesión.
Sin embargo, durante el debate en el pleno de la Cámara Alta fue rechazada por algunos grupos al considerar que los actuales planes de formación académica de estos profesionales no incluyen los conocimientos específicos de farmacología necesarios para ser incluidos en la ley.
Esta decisión fue nuevamente criticada por el Grupo Popular, ya que el diputado Mario Mingo reconoció su "lamento personal" por no haber logrado que los fisioterapeutas puedan tener unas competencias similares como pedían, siempre "en el marco de sus competencias y con la acreditación correspondiente".
El presidente de la Comisión de Sanidad de dicha Cámara y diputado de IU, Gaspar Llamazares, también aseguró que este avance legislativo "no es definitivo" ya que falta por regular la prescripción de estos profesionales.
Todos los grupos reconocieron el intenso trabajo realizado durante su tramitación y, como destacó la diputada de CIU Concepció Tarruella, diplomada en Enfermería, "ha sido un proceso largo, con problemas de entendimiento en algunos momentos, pero que hoy por fin hace justicia con estos colectivos".
Noticia extraída de la página web del CODEM
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario